viernes, septiembre 29

IVAI resuelve expedientes con perspectiva de género

• En sesión pública ordinaria, se desahogan 201 resoluciones dentro de los términos que marca la ley

Xalapa, Ver., a 09 de agosto.- El pleno del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales (IVAI) incluyó criterios de perspectiva de género y de mayor beneficio de las
personas al resolver diversos recursos de revisión.

Lo anterior al resolver el recurso de revisión IVAI-REV/2846/2022/I, promovido por una particular que
solicitó conocer el dictamen técnico médico institucional validado por la Comisión de Arbitraje Médico
del Estado de Veracruz, y que derivó de la presentación de una queja por una presunta irregularidad en
el servicio médico, constitutiva de violencia obstétrica y muerte materna.

Al acreditarse la falta de respuesta del sujeto obligado, el IVAI ordenó que realice la búsqueda
exhaustiva de la información peticionada por el recurrente, al considerar que los dictámenes respecto
a las quejas médicas son un instrumento indispensable para le mejora en la calidad de la atención de
los servicios de salud.

La comisionada presidenta Naldy Patricia Rodríguez Lagunes explicó que la violencia obstétrica viola
los derechos humanos porque afecta los derechos sexuales y reproductivos, los derechos de igualdad,
autonomía, de no discriminación, de salud, de integridad, de información de la mujer y de derecho a la
vida, por lo que, para combatirla es necesario que las instituciones del sector salud realicen una labor
humanitaria, informada, consciente y con perspectiva de género.

Por otra parte, el comisionado David Agustín Jiménez Rojas se reservó el análisis en lo particular del
expediente IVAI-REV/2758/2022/II y su acumulado, realtivo a las solicitudes hechas para conocer el
monto total de un supuesto fraude cometido por diversos servidores públicos en el ayuntamiento de
Ozuluama y los motivos para remover a una funcionaria y no a un colaborador solo por el hecho de ser
mujer.

En el estudio del caso, se encontró que la Unidad de Transparencia del sujeto obligado no realizó la
búsqueda exhaustiva para cumplir con la solicitud. Además, no se atendieron las gestiones necesarias
para determinar si en este caso particular existió violencia de género. Por ello, se ordenó al
ayuntamiento en cuestión dar respuesta al solicitante y realizar los trámites necesarios para dar
cumplimiento a la petición realizada.

Durante esta Tercera Sesión Ordinaria, los integrantes del pleno aprobaron un total de 201
resoluciones dentro de los plazos que marca la ley, de los cuales, 165 corresponden a recursos de
revisión y 36 a Denuncias por Incumplimiento de Obligaciones de Transparencia (DIOTS).

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